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TE CUIDAS, NOS CUIDAS-NUEVA NORMALIDAD-USO OBLIGATORIO DE LA MASCARILLA

A partir del 17 de julio se impone el uso obligatorio de la mascarrilla en todo Navarra, aunque se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 m. para los mayores de 12 años, en los siguientes supuestos:

-Via pública y espacios al aire libre.

-Espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público y se pueda concurrir con otras personas.

-Transporte público o privado, excepto cuando los ocupantes sean todos convivientes.

EXCEPCIONES:

-Consumo de alimentos y bebidas o en actividades incompatibles con su uso.

-Durante el ejercicio o actividad deportiva si se puede garantizar la distancia de seguridad. Será obligatoria durante la circulación entre los espacios comunes en instalaciones o centros deportivos.

-Durante el baño en piscinas u otros espacios habilitados para el baño así como cuando se esté tomando el sol siempre que se salvaguarde la distancia de seguridad.

-En actividades de naturaleza fuera de los nucleos de población (senderismo, escalada, ciclismo y similares), garantizando la distancia de seguridad.

-En los centros de trabajos públicos y privados siempre y cuando se puedan garantizar las distancias de seguridad entre las personas trabajadoras. En los centros de trabajo abiertos al público no se aplicará esta excepción.

-Personas con dificultad respiratoria que pueda agravarse por el uso de la mascarilla.

-Personas en situación de dependencia o discapacidad no autonomas.

-En situaciones de fuerza mayor.

Triptico

Preguntas frecuentes sobre el uso de la mascarilla