Aprobadas por resolución de Alcaldía número 349 de 2 de diciembre de 2022 (conforme a lo dispuesto en el artículo 41.18 del ROF) el censo de contribuyentes y la liquidación del siguiente impuesto: TASAS POR LA UTILIZACIÓN DEL APARCAMIENTO MUNICIPAL DE CAMIONES del segundo trimestre del año 2022 (importe total: 1.426,25 euros).
Asimismo, se señala el plazo y la forma de recaudación voluntaria:
Periodo de pago voluntario: del 2 de diciembre al 19 de enero de 2022.
Modo de ingreso: Los recibos domiciliados serán cargados en cuenta el 16 de diciembre de 2022 mientras que los no domiciliados deberán ser abonados mediante transferencia a las cuentas bancarias de este Ayuntamiento o a través de la página web www.olazti.com. Si el pago no se efectuara en el periodo de pago voluntario, estas deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo y se incrementarán con los recargos establecidos en el artículo 117 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria.
El trámite para el período de exposición pública de la relación seguirá las siguientes reglas:
1.- Lugar: la relación estará a disposición de los interesados en las dependencias municipales.
2.- Plazo para examinarlo: Un mes contado a partir del día siguiente al de la inserción de este Edicto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia.
Este mismo plazo será el dispuesto para manifestar la disconformidad.
3.- Órgano ante el que se recurre: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia.
4.- Lugar de presentación de reclamaciones: Registro de Entrada del Ayuntamiento, en horario de oficina.
5.- Recursos:
a) Potestativamente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación o publicación de este acto, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que lo dictó o bien RECURSO DE ALZADA ante el Tribunal Administrativo de Navarra.
b) RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de este acto, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, salvo en los supuestos previstos en el art. 8.1. de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, que se presentará ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra .
6.- Efectos de la interposición de recurso: La interposición de recursos o reclamaciones económico-administrativas no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluidas la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses, recargos y sanciones.
En Olazti/Olazagutia, a 2 de diciembre de 2022.
EL ALCALDE
Joseba Vizuete Ascargorta