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PREVENCIÓN COVID19

ORDEN FORAL 3/2022 , de 27 de enero, prorrogando las medidas sanitarias preventivas específicas de carácter extraordinario adoptadas en Orden Foral 60/2021 y 63/2021, hasta el 14 de febrero incluido.

Preguntas y respuestas fecuentes

Orden Foral 2/2022, de 11 de enero, prorrogando las medidas sanitarias preventivas especificas de caracter extraordinario adoptadas en Orden Foral 60/2021 y 63/2021, hasta el 31 de enero incluido.

Orden Foral 63/2021, de 27 de diciembre, de la consejera de salud estableciendo medidas sanitarias extraordinarias por la COVID-19 y modificando la Orden Foral 60/2021.

Enre las medidas preventivas específicas destaca el cierre de determinados locales y actividades, desde las 01:00 horas hasta las 06:00 horas, como las comerciales, discotecas, bares, espacios multifuncionales, sociedaades gastronómicas, bajeras, pieros y similares.

Así mismo, la Orden Foral regula medidas para eventos de carácter social, cultural y deportivo y actividades navideñas. Respecto a estas últimas (San Silvestre, cabalgatas, desfiles y otras similares) será obligatorio obtener el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra cuando se superen las 500 personas en el interior y las 1000 en el exterioro.

Por otra parte, se amplian los lugares y establecimientos en los que será obligatoria la presentación del pasaporte Covd como en residencias, gimnasios e instalaciones donde se desarrollan actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados.

Las nuevas medidas estarán vigentes desde el 30 de diciembre hasta el próximo 14 de enero, inclusive.

Dudas_frecuentes_protocolo_sanitario

infograma Protocolo Covid SextaOla ES

 

Real Decreto-Ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan las medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19,

Resolución 1155/2021, de 16 de diciembre, del director general de salud, por la que se dictan recomendaciones preventivas de carácter sanitario, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, publicada en el B.O.N. N.º 283 de 17 de diciembre.

Orden Foral 60/2021, de 24 de noviembre, de la Consejera de Salud, por la que se establecen medidas preventivas específicas de carácter extraordinario como consecuencia de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

Estarán vigentes desde el 27 de noviembre al 7 de enero de 2022, ambos inclusive.

Se activa la obligatoriedad para las personas de 12 años y más a presentar el pasaporte COVID para acceder a llos siguientes establecimientos y eventos:

-Restaurantes y recintos con restauración, con aforo superior a 60 comensales.

-Discotecas y salas de fiesta, establecimientos con licencia de café-espectáculo y bares con licencia especial (en estos últimos a partir de las 0:00 horas)

-Eventos multitudinarios en interiores con consumición de comida y/o bebida de más de 1.00 personas.

orden foral 35/2021, de 29 de septiembre, dejando sin efecto las restricciones derivadas de las medidas específicas vigentes como consecuencia de la situación epidemiológica derivada del COVID19, publicada en el Boletín Oficial de Navarra extraordinario 230 de 30 de septiembre.

Resumen Orden Foral 35/021

 

Orden Foral 34/2021 de 14 de septiembre, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID19).

Las medidas de prevención se prorrogan hasta el próximo 30 de septiembre, incluido.

Preguntas y respuestas frecuentes sobre las medidas contención COVID

Orden Foral 33/2021 de 8 de septiembre, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID19).

Las medidas de prevención se prorrogan hasta el próximo 16 de septiembre, incluido.

Orden Foral 32/2021 de 31 de agosto, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID19).

Las medidas de prevención se prorrogan hasta el próximo 16 de septiembre, incluido, a excepción de la previsión contenida en el punto 40 del apartado primero relativa a la limitación de libertad de circulación de las personas en horario nocturno que se deja sin efecto

Orden Foral 31/2021 de 26 de agosto, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID19).

Prorroga hasta el 2 de septiembre incluido la restricción de movilidad nocturna en los municipios que se encuentren en situación de riesgo extremo,  Olazti/Olazagutia no está incluida.

Medidas para Navarra tras el estado de alarma hasta el 2 de septiembre.

 

Orden Foral 30/2021 de 17 de agosto, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID19).

Prorroga hasta el 26 de agosto incluido la restricción de movilidad nocturna en los municipios que se encuentren en situación de riesgo extremo.

Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas extraordinarias para Navarra actualizado el 19 de agosto.

 

Orden Foral 29/2021 de 10 de agosto, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivda del COVID19).

Prorroga hasta el 19 de agosto incluido la restricción de movilidad nocturna en los municipios que se encuentren en situación de riesgo extremo.

El listado de municipios a los que afecta la medida de la movilidad nocturna se actualizará cada semana.

Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas extraordinarias para Navarra actualizado hasta el 12 de agosto.

 

Orden Foral 27/2021 de 27 de julio, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivda del COVID19).

Prorroga hasta el 12 de agosto incluido la restricción de movilidad nocturna en los municipios que se encuentren en situación de riesgo extremo.

El listado de municipios a los que afecta la medida de la movilidad nocturna se actualizará cada semana.

Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas extraordinarias para Navarra actualizado hasta el 12 de agosto.

 

Orden Foral 26/2021, de 27 de julio, prorrogando y modificando la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio (medidas específicas de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivda del COVID19.

Modifica los puntos 35 y 40 sobre espectáculos taurinos y movilidad nocturna.

Además prorroga las medidas de la Orden Foral 22/2021 desde el 30 de julio al 2 de septiembre, salvo en lo relativo a la movilidad nocturna que tendrá efectos hasta el 5 de agosto, incluido.

El listado de municipios a los que afecta la medida de la movilidad nocturna se actualizará cada semana.

Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas extraordinarias para Navarra actualizada hasta el 5 de agosto.

Orden Foral 25/2021 para la Comunidad Foral de Navarra, de contención del COVID19, modificando la  Orden Foral 22/2021 de 29 de junio

Se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, durante el periodo comprendido entre las 01:00 y las 06:00 horas de los fines de semana (sábado y domingo), días festivos y fechas en las que se hubieran celebrado las fiestas patronales de los municipios.

Esta medida se aplicará desde el 22 de julio hasta el día 30 de julio a las 00:00 horas.

listado de municipios en los que se aplicará esta medida.

 preguntas y respuestas frecuentes sobre la medidas extraordinarias actualizada hasta el 30 de julio.

 

Orden Foral 24/2021, aprobando nuevas medidas de contención del COVID19 y publicada en el BON extraordinario  número  168 de 20 de julio.

Se establece como medida general: Suspensión de comidas populares, Kalejiras y actos taurinos de calle, así como la limitación del número de personas que pueden reunirse en exteriores que queda fijado en 10 personas. 

Estas medidas entrarán en vigor a partir de las 00:00 horas del día 21 de julio.
La limitación de la movilidad nocturna no ha sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Orden Foral 22/2021 adoptanto medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

Estas medidas entrarán en vigor el 2 de julio y estarán vigentes hasta el 29 de julio.

Orden Foral  21/2021 actualizando el paquete de medidas específicas extrarodinarias para Navarra, publicadas en el Boletín Oficial de Navarra de 17 de junio de 2021.

Estarán en vigor hasta el 1 de julio.

Preguntas y respuestas actualizadas a 16 de junio de 2021.

 

Nuevo paquete de medidas específicas recogidas en OF 19/2021, de 1 de junio, vigentes desde el 4 al 17 de junio de 2021.

Preguntas frecuentes , actualizada a 2 de junio de 2021.

Nuevas medidas COVID19 publicadas el 20 de mayo, adoptando medidas específicas de prevención, de caracter extraordinario. Orden Foral 17/2021, de 18 de mayo, modificando la anterior Orden Foral 16/2021.

La Orden Foral indtroduce, entre otras, las siguientes novedades:

-Se recomienda que las reuniones que tengan lugar tanto en espacioes públicos como privados sean de un máximo de 8 personas y de 3 unidades convivenciales.

-Se permite la apertura de peñas y sociedades gatronómicas con un afor máximo del 30%. Contiúan cerrdas las bajeras, piperos y similaes.

-Lugares de culto: no se podrá superar el aforo del 30% ni las 200 personas.

-Se amplía el horario de los establecimientos comerciales hasta las 22:00 horas. Los establecimientos y locales comerciales minoristas el aforo no podrá superar el 60 %. Asimismo, en los establecimientos que tienen la condición de hipermeracos, medias y grandes superficies y parques comerciles se amplía el afroro al 40%.

-En los espacios multifuncionales se perite la realización de celebraciones.

-Se amplía el hoarario hasta las 22:00 de diversos sectores como bibliotecas, autoescuelas, actividades físicas dirigidas en espacioes cerrados, piscinas de uso recreativo, monumentos y salas de exposiciones.

-Se permite la apertura de bingos, salas de juegos y apuestas siempre que no se supere el aforo del 30%.

Las medidas previstas estarán vigentes desde el 21 de mayo al 3 de junio, ambos incluidos.

Nuevas medidas COVID19 publicadas el 14 de mayo de 2021, adoptando medidas específicas de prevención, de caracter extraordinario. Orden Foral 16/2021, de 14 de mayo, modificando la anterior Orden Foral 13/2021.

NOVEDADES:

-Se permite la apertura de los interiores de los establecimientos de hostelería y restauración, si bien se contemplan dos escenarios:

*Con carácter general, con un aforo máximo del 30 %.

*Si los establcimientos cumplen las condiciones establecidas en la Orden Foral podrán abir el interior sin aplicación de la limitación de aforo.

-El horario máximo de cierre de interiores de estos establecimientos será las 22:00 horas.

-Las celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones se adpatan a la previsión de apertura de interiores. Así, en el caso de establecimientos a los que se aplique el 30 % de aforo tendrán un  límite de 30 personas en el interior y 50 en el exterior. En el otro supuesto, los establecimientos tendráun un límite de 50 personas en el interior y 100 en el exterior.

Estas medidas estarán vigentes hasta el próximo 20 de mayo, inclusive.

Con ocasión de la finalización del estado de alarma el 9 de mayo se dicta la Orden Foral 13/2021, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID19.

Se contemplan las novendades siguientes:

  • El levantamiento del cierre perimetral de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Se mantiene la limitación de movilidad en horario nocturno entre las 23:00 horas y las 06:00 horas.
  • Las reunione en el ámbito privado quedan limitadas a un máximo de 6 personas de dos unidades convivenciales.
  • Se amplia hasta las 22:00 horas el horario de apertura de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración

Estas medidas estarán vigentes hasta el próximo 20 de mayo, jueves, inclusive.

 

Nueva OF 12/2021 , de 20 de abril y DF 22/2021 de 20 de abril prorrogando las medidas para contenar la propagación de la COVID19 en Navarra.

Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa 2021

Nueva Orden Foral 6/2021, de 9 de marzo, y Decreto Foral 8/2021, de 9 de marzo, prorrogando las medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el COVID19.

Circular resumen de la Federación Navarra de Municipios y Concejos

Cuadro_Medidas extraordinarias Estado de Alarma 27.10.20 actividades publicado por la FNMC

Medidas preventivas confinamiento perimetral actualizado